La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer los “Criterios Sustantivos”, que son aquéllos que derivan de las recomendaciones, respuestas a las consultas especializadas o de algún otro acto que lleven a cabo las diversas unidades administrativas de la Procuraduría en el ejercicio de sus atribuciones sustantivas.
Los Criterios Sustantivos, entre otros, son:
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- Devolución del impuesto retenido a persona moral con fines no lucrativos por la enajenación de bienes inmuebles.
- Renta.- deducciones proceden al acreditarse su estricta indispensabilidad por guardar estrecha relación con la capacidad del contribuyente para generar ingresos.
- Reconsideración administrativa.- obligación de la autoridad para analizar todas las cuestiones sometidas a su consideración, de conformidad con el artículo 36 tercer y cuarto párrafos del código fiscal de la federación.
- Aduanas.- el pagaré en garantía no debe ser considerado documento por cobrar para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 de la ley aduanera.
- Deducciones.- preponderancia del cumplimiento de obligaciones sustantivas sobre el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo de obligaciones formales en la valoración de la autoridad fiscal sobre su procedencia.
- Deducciones.- valoración por parte de la autoridad fiscal de todas las cuestiones involucradas al momento de determinar su procedencia, procurando otorgar mayor preponderancia a las cuestiones de fondo.
- Verificación de origen. -procedimiento. interpretación del artículo 506 del tlcan sobre el derecho de los importadores a ser parte de éste.
- Verificación de origen.- procedimiento. derecho de los importadores para acreditar el origen de las mercancías importadas.
- Beneficio fiscal obtenido con posterioridad a la emisión del crédito.
- Devolución de saldos a favor.- qué tipo de información o documentación puede requerirse por la autoridad fiscal.
- Comprobantes fiscales emitidos cuando se omite un requisito cuyo cumplimiento se encontraba pospuesto por regla miscelánea.
- Caducidad de facultades en operaciones de comercio exterior.- cómputo del plazo conforme al código fiscal de la federación.
- Recurso de revocación.- efectos de una declaración lisa y llana en términos del artículo 133, último párrafo, del código fiscal de la federación.
- Marbetes.- deben llevarlos adheridos los envases que contengan sidra, al ser ésta una bebida alcohólica.
- Facultades de comprobación.- obligación de la autoridad de fundar y motivar el requerimiento de información al extranjero, en virtud del cual amplía el plazo para concluir la visita domiciliaria.
- Comprobantes fiscales impresos.- alcance y sentido de la regla I.2.8.1.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, en relación con el artículo 29 y 29 B del código fiscal de la federación.
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