De acuerdo al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se considerarán como días inhábiles con suspensión de labores (2015), los cuales son los siguientes:
| DÍAS |
DESCRIPCIÓN |
| Jueves 1 de Enero |
Suspensión de Labores. |
| Lunes 2 de Febrero |
En conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos. |
| Lunes 16 de Marzo |
En conmemoración del 21 de Marzo, natalicio del Lic. Benito Juárez García. |
| Jueves 2 y Viernes 3 de Abril |
Suspensión de Labores (Semana Santa). |
| Viernes 1 de Mayo |
Día del Trabajo. |
| Martes 5 de Mayo |
Aniversario de la Batalla de Puebla. |
| Miércoles 16 de Septiembre |
Aniversario de la Guerra de Independencia de México. |
| Lunes 2 de Noviembre |
Suspensión de Labores (Día de Muertos). |
| Lunes 16 de Noviembre |
En conmemoración del 20 de Noviembre, Aniversario de la Revolución Mexicana. |
| Viernes 25 de Diciembre |
Suspensión de Labores (Navidad). |