El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) dio a conocer las facilidades administrativas para el cumplimiento de obligaciones fiscales, por lluvias severas, huracanes y tormentas ocurridos durante septiembre de 2013.
Las cuales contemplan las siguientes facilidades:
- Pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas causadas durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2013, cuyo pago correspondió efectuarse a más tardar el día 17 de septiembre para el mes de agosto, y corresponderá efectuarse el día 17 de octubre para el mes de septiembre, y el día 19 de noviembre para el mes de octubre del mismo año, a solicitud de los patrones y demás sujetos obligados.
- En el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades se dispensará el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de esos patrones y demás sujetos obligados.
- Los patrones y demás sujetos obligados que con anterioridad al mes de agosto de 2013 obtuvieron autorización para efectuar el pago a plazos de cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas, en los términos del artículo 40 C, de la Ley del Seguro Social, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de agosto de 2013.