El Servicio de Administración Tributaria (SAT), otorga facilidades a las asociaciones religiosas podrán cumplir sus obligaciones en materia de comprobación fiscal y contabilidad electrónica a partir de enero de 2015.
-
Lo anterior considerando que se trata de asociaciones sin fines de lucro, cuyas actividades no son comerciales ni mercantiles, que han manifestado su firme compromiso de cumplir y que han solicitado un periodo para capacitarse y poder aplicar correctamente las nuevas disposiciones fiscales.
Las facilidades otorgadas consisten en:
- Inicio de la contabilidad electrónica a partir de enero de 2015, en consonancia con la facilidad otorgada a los demás contribuyentes obligados.
- Emisión de facturas electrónicas a partir de 2015.
- Emisión de constancias de retenciones o de pago de servicios tradicionales con sello digital del SAT a partir de 2015.