Si obtuviste ingresos por los conceptos de: salarios, actividades empresariales y profesionales, arrendamiento, enajenación de bienes e intereses, cumple a tiempo con la presentación de esta obligación.
Las deducciones personales para personas físicas salariados son:
- Gastos médicos.
- Gastos funerarios.
- Primas por seguros de gastos médicos mayores.
- Donativos.
- Colegiaturas.
- Honorarios médicos y dentales. En este caso en el recibo de honorarios debe constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista
- Gastos hospitalarios
- Gastos relativos a la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- Medicinas, siempre que estén incluidas en los documentos que expidan los hospitales. Es decir, no podrás deducir la compra de medicinas que efectúes en farmacias
- Análisis y estudios clínicos
- Prótesis
- Lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto que no exceda de $2,500.00 debiendo contar con la descripción de los lentes en el comprobante fiscal o con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista