El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet, un apartado referente a la “Publicación de Relación de Contribuyentes Incumplidos ”, la cual estipula lo siguiente:
Derivado de la Reforma Hacendaria, se modificó el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), estableciéndose excepciones a la reserva fiscal. Lo anterior, permite que este 1 de enero se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que se encuentren en los siguientes supuestos:
- Que tengan créditos fiscales firmes
- Que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados
- Que no sea posible localizarlos en su domicilio fiscal
- Que tengan sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal
- Que se les haya cancelado o condonado algún adeudo fiscal, a partir del 1 de enero de 2014
Asimismo con la adición del artículo 69B al CFF, a partir del 8 de enero se darán a conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.
De esta manera si los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, en la misma aplicación donde se da a conocer la lista pueden generar su línea de captura para pagar o bien presentar una aclaración.
El SAT resolverá la solicitud de aclaración en tres días hábiles y en caso de resultar procedente, se eliminarán los datos publicados en la siguiente actualización de la información, misma que se efectuará cada 15 días.