¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor.
¿Dónde se presenta?
A través de la página de Internet del SAT, en la sección "Mi Portal".
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales.
Requisitos:
Ver Tabla 15
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 22 CFF, Art. 8 LIETU, Reglas I.2.3.1., II.2.2.5. RMF.
Nota: Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma autógrafa del contribuyente o del representante legal, en su caso.
Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
Tabla 15
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Solicitud de Devolución de saldos a favor en el IETU vía Internet |
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| No. | DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
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REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS DEMAS |
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1 |
Anexo 14 "Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio" F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 14 "Determinación del saldo a favor IETU del ejercicio", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas. |
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2 |
Anexo 14-A "Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU" F 3241 en formato *.zip, para contribuyentes personas morales que "Dictaminan sus Estados Financieros". Anexo 14-A "Determinación de pagos provisionales acreditables de IETU", disponible en la aplicación de Devoluciones por Internet, para las demás personas morales y las personas físicas. |
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3 |
Escrito o papel de trabajo en el que se manifieste el (los) acreditamiento(s) o compensación(es) que se hubieren efectuado. |
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4 |
Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos, el contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente, fideicomisarios o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria. |
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5 |
Contar con Contraseña y certificado FIEL a efecto de ingresos a la aplicación "Mi portal". |
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Nota: Los documentos originales y copias certificadas a que se refiere el presente documento se utilizarán únicamente para cotejo, por lo que se devolverán al contribuyente por el personal receptor.
Tratándose de Personas Físicas con saldos iguales o menores a $13,970.00, que no cuenten con el certificado de FIEL, podrán presentar la solicitud de devolución previa cita en la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, presentando su identificación oficial y los requisitos en dispositivo magnético digitalizados.
Los documentos originales se digitalizan para su envío.
DOCUMENTACION QUE PODRA SER REQUERIDA POR LA AUTORIDAD
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Solicitud de Devolución de saldos a favor en el IETU vía Internet |
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| No. | DOCUMENTO |
PERSONAS MORALES |
PERSONAS FISICAS |
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REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO PROPIO |
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO DE SUS INTEGRANTES |
TODOS LOS DEMAS |
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1 |
Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u omisiones. |
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2 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad. |
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3 |
Fotocopia del encabezado del Estado del Cuenta que expidan los sujetos a que se refiere el artículo 29-B, fracción II del CFF, el obtenido a través de Internet o bien, fotocopia del contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria CLABE, cuando se encuentre obligado. |
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4 |
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, original y fotocopia de la certificación de residencia fiscal, o bien, de la certificación de la presentación de la declaración del último ejercicio del ISR y, en su caso, escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los tratados en materia fiscal que México tenga en vigor. |
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5 |
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor manifestado en la declaración y el determinado por la autoridad. |
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6 |
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la cifra manifestada en la declaración por concepto de acreditamientos, estímulos o reducciones por existir diferencias con lo determinado por la autoridad. |
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7 |
Escrito o papel de trabajo en el que aclare la determinación del monto de pagos provisionales manifestado en la declaración del ejercicio. |
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8 |
Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar su situación fiscal ante el RFC. |
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